– Embarcaciones sucesos de privilegios de explotación habilitantes, y número de pasajeros enrolados, en los casos en que esté de esta manera estipulado en el plan de explotación, con exactamente las mismas condiciones que el apartado precedente.
N�mero 2 del art�trasero 5 redactado por el apartado tres del art�trasero 2 del D.-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de urgencias y gesti�n, prevenci�n y extinci�n de incendios forestales y se autoriza la creaci�n de la Agencia de Seguridad y Gesti�n Integral de Emergencias de Andaluc�a (�B.O.J.A.� 11 abril).
Los lanzamientos de fuegos de artificio o artefactos pirotécnicos en los terrenos forestales y zonas de predominación forestal solo podrán ser realizados por personal autorizado de las empresas que figuren en el registro sectorial de esta actividad. Los fuegos de artificio y artefactos pirotécnicos habrán de emplear materiales ignífugos, o bien ignifugados. A) En el momento en que se compruebe que el índice de riesgo períodico de incendio forestal sea muy alto o extremo, no va a estar tolerado entrar, circular y permanecer en el interior de las áreas referidas en el número anterior, así como en los caminos forestales, https://musically.Razrstudio.com/mariamarianada caminos rurales y otras vías que las atraviesan. Al objeto de garantizar la defensa contra los incendios forestales y de hacer más simple la ordenación de los montes y su planeamiento preventivo, se fomentará la reorganización de la propiedad forestal y la puesta en marcha de agrupaciones de dueños forestales.
Las determinaciones incluidas en las reglas normativas que son objeto de modificación por este decreto-ley podrán ser modificadas a través de normas de rango reglamentario. R) Cuantas funciones y ocupaciones no enumeradas en los párrafos precedentes contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la Agencia, para lo que va a quedar habilitada con las competencias, funcionalidades y potestades administrativas para el ejercicio de las funcionalidades que impliquen ejercicio de autoridad, que le confieran sus Estatutos y el resto reglas habilitantes que le logren ser de app. Q) Ayudar en la evaluación de daños y propuesta de medidas correctoras para optimizar la recuperaciónn articulo-emergencia. P) La promoción de la autoprotección a través de la formación, información y sensibilización de los ciudadanos, empresas y también instituciones. – Medidas de protección, intervención de ayudas exteriores y evacuación de la gente perjudicadas.
La elaboración de los planes previstos en el producto 18 va a tener carácter obligación en los términos previstos en esta Ley y demás normativa aplicable. A los efectos de la presente Ley, se establece una Zona de Influencia Forestal constituida por una franja circundante de los terrenos forestales que va a tener una anchura de 400 metros. El Consejo de Gobierno, a través del Plan PREIFEX, va a poder adecuar el ancho de la mencionada franja a las situaciones específicas del lote y de la vegetación. Respecto a las áreas incendiadas, se establece la obligación de plasmar, con el apoyo de la Administración, en un Plan de Restauración las actuaciones a desarrollar en los montes incendiados, con el fin de favorecer la mejor recuperación de la vegetación y la adecuación de los hábitat alterados.
A) Gestionar la biomasa vegetal en la integridad de la área de las infraestructuras de empleo público o áreas recreativas, tal como en una franja perimetral de 50 metros. C) Alrededor de las edificaciones aisladas destinadas a la gente en suelo rústico situadas a más de 400 metros del monte. B) Alrededor de las edificaciones destinadas a la gente, viviendas recluidas, urbanizaciones, basureros, cámpines, estaciones de servicio y parques e instalaciones industriales situados a menos de 400 metros del monte. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11.4 del texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana, aprobado por Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, la realización de puntos de agua incluidos en internet de puntos de agua no requerirá título habilitante urbanístico, estando exenta del pago de tasas administrativas autonómicas. La declaración de herramienta pública conllevará la necesidad de ocupación de los recursos y de adquisición de los derechos damnificados y la imposición de servidumbres de paso de energía u otras primordiales para la ejecución del emprendimiento, dando permiso comenzar el procedimiento para su urgente ocupación a los efectos previstos en la legislación de expropiación forzosa.
Los propietarios y sucesos de derechos reales o personales de empleo y disfrute de terrenos o explotaciones forestales pondrán a disposición los medios materiales y humanos de que dispongan, aptos para la extinción de los incendios forestales, a requerimiento del directivo técnico de la extinción. Los Proyectos de Prevención de Incendios Forestales van a ser elaborados por los propietarios o sucesos de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos o explotaciones forestales, y aprobados por la Consejería competente en materia de incendios forestales. La presente Ley tiene por objeto proteger los montes o terrenos forestales frente a los incendios y proteger a la gente y a los recursos por ellos afectados, fomentando la adopción de una política activa de prevención, la actuación coordinada de todas y cada una de las Gestiones en temas de prevención y pelea contra los incendios forestales y la restauración de los terrenos incendiados, tal como el ambiente y medio natural afectado. Las Gestiones Públicas de Extremadura cooperarán entre sí, y colaborarán con la Administración del Estado y las de otras Comunidades Autónomas, en las tareas de prevención y lucha contra incendios forestales, aportando los medios materiales, humanos y económicos a su disposición, en los términos previstos en la presente Ley, los proyectos aprobados conformemente con la misma y demás reglas de aplicación en la materia.